viernes, septiembre 22, 2006

Sociedades de Garantía Recíproca: Financiamiento para la PYME

Relacionado a las medidas para el fomento de las Mipymes, Con este fin entró al Congreso un proyecto que establece un marco legal para la constitución y operación de SGR. El proyecto de ley que establece un marco legal para la constitución y operación de sociedades de garantía recíproca busca fomentar la asociatividad en el sector Mipyme, con el fin de facilitar el apoyo en materia de financiamiento y garantías.

El instituto libertad ha realizado un analisis muy interesante de dicho proyecto que presento a continuación:

Sociedades de Garantía Recíproca:
Financiamiento para la PYME

En el mercado crediticio el prestamista tiene algunos instrumentos que le generan información para estimar el comportamiento de pago del prestatario. Sin embargo, estos instrumentos son insuficientes sobre todo para las MIPE. Este racionamiento de crédito se acrecienta fuertemente para aquellos empresarios que están recién comenzando a poner en marcha un proyecto, y carecen de activos garantizables como para cubrir el crédito, por lo que permanecen las condiciones de información asimétrica.

De esta forma, es difícil para el prestamista el establecer una probabilidad de no pago cuando entrega un crédito. Dado lo anterior, para evitar que se produzca una selección adversa en la cartera bancaria, los prestadores limitan los montos de créditos que entregan, independiente de la tasa de interés que revele comprometerse el prestatario, la cual para este segmento es muy elevada.

Un elemento que permite disminuir los efectos de este fenómeno son las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR), las cuales tienen como objetivo complementar las garantías de los pequeños empresarios, con el fin de que éstos logren obtener mejores condiciones ante distintas obligaciones.

De esta forma, estas sociedades actúan como un mecanismo de asociatividad que permite reducir las asimetrías de información que llevan al racionamiento del crédito. Como las SGR están obligadas a responder, además de tener un patrimonio con el cual hacer frente a la obligación, los grados de incertidumbre sobre la no reposición del crédito disminuyen, con lo cual el banco sí estará dispuesto a entregar el crédito a ese naciente, micro o pequeño empresario.

Por otro lado, el objetivo de la sociedad es conocer la real disposición y capacidad de pagar de cada uno de los socios, de esta forma hay una mayor especialización en cuanto al tratamiento de la información. Es así como la sociedad generará sistemas de autocontrol para evitar que alguno de los socios no pague.

Con este fin entró al Congreso un proyecto que establece un marco legal para la constitución y operación de SGR. Estas sociedades se constituirán como S.A. regidas por las normas de la ley N° 18.046, con objeto único.

Los accionistas de este tipo de sociedades podrán ser personas naturales o jurídicas que participen de la propiedad del capital social, donde podrán optar a ser afianzados por la SGR, con el fin de caucionar ciertas obligaciones que adquieran. El capital social mínimo para conformar una SGR será de 10 mil UF, o sea, alrededor de 180 millones de pesos.

La SGR puede estar conformada por socios inversionistas (protectores) que aportan capital, pero no optan a las fianzas de la sociedad, y por socios beneficiarios, que aportan capital pero además son beneficiaros de las fianzas. Es decir se le entrega a la sociedad el derecho a conformar su estructura de la forma más conveniente para ellos, entregando más grados de libertad para la negociación y conformación interna, según las necesidades propias que tenga cada SGR.

En cuanto a las obligaciones contra las cuales se entregarán las garantías personales, éstas podrán provenir de operaciones de crédito de dinero con instituciones financieras fiscalizadas o autorizadas por la Superintendencia de Bancos, saldo de precio por compra de bienes muebles o inmuebles, operaciones de leasing y contratos o actos jurídicos en que el beneficiario se comprometa al cumplimiento de obligaciones. Lo que no estará permitido es que la SGR conceda créditos directos a sus accionistas o a terceras personas.

Una de las ventajas de la SGR por sobre el banco, es la capacidad de adquisición y manejo de información relevante en cuanto a la probabilidad de pago de las obligaciones, donde el autocontrol de sus socios es una herramienta clave para evitar el no pago de las obligaciones afianzadas.

El estatuto de cada sociedad establecerá el tipo de instrumento autorizado para la inversión de los recursos que maneje la SGR. No obstante lo anterior, cada SGR deberá constituir un fondo de reserva patrimonial equivalente a no menos del 20% de su capital, el cual tendrá como objetivo cubrir eventuales pérdidas que puedan generarse en el futuro. En cuanto a las utilidades correspondientes a los accionistas, al menos un 25% de éstas deberá dirigirse a incrementar este fondo, el cual, una vez disuelta la sociedad y pagada las deudas sociales, se repartirá entre los accionistas.

Finalmente, el proyecto autoriza a organismos estatales (CORFO, INDAP y FOSIS) a proporcionar recursos a las SGR. También autoriza al FOGAPE a reafianzar un porcentaje de la cartera de garantías con que cuenten las SGR.

El proyecto pretende mejorar la capacidad productiva de la MIPYME y empresas nacientes. Se generan mejores condiciones de acceso al crédito, a través de aprovechar la asociatividad que puedan tener estos agentes.

Si bien el proyecto es un aporte para las actuales condiciones en que se encuentran las pequeñas empresas, es necesario perfeccionar algunos aspectos, como los incentivos que obtendrían privados (accionistas protectores) para ser inversores de dichas sociedades; clarificar el rol de los organismos del Estado al aportar recursos; establecer normas que regulen extravío o pérdida del Certificado de Fianza, y establecer un nivel de diversificación de la cartera de las sociedades, entre otros."



1 comentario:

Anónimo dijo...

Hola Benito,

me parece que se nota que estás en el tema y que te gusta. Creo sí que estás en una bifurcación: o harás de este blog un google especializado en mipymes, o serás un anfitrión ante la información, redes, proyectos, personajes, que están en este mundo. Creo que lo segundo tiene más valor, porque ser anfitrión tiene eso de mostrador, pero con valor agregado. Queremos ver el mundo que tú traes.

Detalles de edición: utiliza la herramienta de "leer más", para que las bajadas de los post sean más cortas y en unos pocos scrolls podamos ver todos tus posts. Además, creo que hay que ponerle tinca a los links. Parte del mundo que traes son los links que ofreces. Que sean buenos y bien calificados.

Saludos, suerte, y nos leemos